Encuentran muerto a John McAfee en su celda en prisión de Barcelona

John David McAfee, creador de uno de los principales antivirus informáticos y pendiente de extradición a Estados Unidos por presunto delito fiscal, ha sido encontrado muerto este miércoles por la tarde en la celda que ocupaba en el módulo 1 del Centro Penitenciario de Brians 2 de Sant Esteve Sesrovires (Barcelona), donde estaba ingresado, han explicado a Europa Press fuentes penitenciarias.

El interno tenía 75 años y había ingresado en prisión el 4 de octubre del año pasado, por orden de la Audiencia Nacional.

Los profesionales de vigilancia y los servicios médicos de la prisión han intervenido de manera inmediata para practicar maniobras de reanimación pero finalmente los médicos han certificado la muerte, ha informado la Conselleria de Justicia de la Generalitat.

La comitiva judicial se ha desplazado al centro penitenciario e investiga las causas del deceso aunque, según ha indicado la Generalitat, “todo apunta a que podría tratarse de una muerte por suicidio”.

El tribunal de la Audiencia Nacional que acordó este pasado lunes la extradición del multimillonario a EEUU por delito fiscal señaló en su auto que el argumento de la defensa de que estaba siendo perseguido políticamente por su militancia contraria al sistema establecido del dinero fiduciario --el dólar-- no se sostiene y apunta que sus motivaciones personales “no son relevantes jurídicamente”.

“No existe prueba acreditativa de que tal cosa --la persecución política-- pudiera estar sucediendo, al contrario, la reclamación efectuada tiene amparo en un delito contra la hacienda pública --evasión fiscal-- y las motivaciones internas del sujeto para observar una conducta elusiva o rebelde al cumplimiento de las obligaciones fiscales no son relevantes jurídicamente”, indica la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

En este sentido, en el auto se apunta que más allá de las alegaciones verbales que realizó McAfee, no ha aportado dato o indicio revelador de que fuera un perseguido político. Y suma la Sala que su participación en las primarias de un partido político radical y muy minoritario donde ni siquiera fue elegido como candidato, no presentan vinculación evidente con la presente reclamación extradicional.

Así, argumentan que no ha acreditado activismo político o de cualquier clase que haya sido reprimido, “al contrario, según sus propias alegaciones habría participado en las primarias de un partido determinado para defender sus convicciones con un resultado poco favorable para él”.

Y añaden que tampoco ha aportado datos de que ese activismo ponga en riesgo o suponga algún tipo de peligro para los intereses de las autoridades reclamantes, tratándose más bien de “convicciones subjetivas y de las justificaciones pretendidamente exculpatorias sin base real acreditada en el expediente, aún de forma indiciaria mínima”.

Al hilo, el tribunal recuerda que su relevancia social, económica o de cualquier ámbito “no le otorga inmunidad alguna” y por lo tanto está sometido a las leyes del mismo modo que cualquier ciudadano “no relevante”. “El principio de igualdad ante la ley es de aplicación inexorable”, añadían.

Por otro lado, sobre el argumento de que se debía rechazar la extradición por motivos humanitarios, ya que la condena debido a su edad y estado de salud supondría una cadena perpetua, la Sala explica que no consta que el reclamado sufra de graves problemas de salud y tampoco consta que haya padecido ningún problema relacionado con el covid-19.

Fuente Europa Press

23 de junio 2021